Título Supletorio

El titulo supletorio es un documento público que hace presumir la propiedad de bienes  a favor de una persona. Solo puede tramitarse y obtenerse por ante un tribunal de Municipio del lugar donde se encuentre ubicado el inmueble, mediante la declaración de al menos dos testigos que acrediten el derecho de propiedad a favor del solicitante. En el caso de las bienhechurías construidas sobre terrenos, si se quiere obtener un titulo supletorio, debe acompañarse el documento que demuestre la propiedad  del terreno a favor del interesado o la autorización del propietario para la tramitación del título supletorio. El fundamento jurídico del titulo supletorio se encuentra establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

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